6.10.10

HECHOS JURÍDICOS, ACTOS JURÍDICOS, NEGOCIOS JURÍDICOS, DELITOS Y CUASIDELITOS

Veamos las siguientes expresiones:

1.- Tomada en su sentido mas amplio, hecho jurídico es la expresión más adecuada para designar el primer tronco de las normas, pues representa toda conducta humana lícita o ilícita, voluntaria o involuntaria. Así, el contrato, el delito, el nacer, el morir son hechos jurídicos.

2.- Se denomina acto jurídico a una variedad especial de hechos jurídicos: los que son imputables a la voluntad de una persona. Pueden ser lícitos o ilícitos; solamente interesa que intervenga en forma preponderante la voluntad humana.
Los actos jurídicos son de dos clases: ACTOS JURÍDICOS CONFORMES A DERECHO y ACTOS JURÍDICOS CONTRARIOS A DERECHO. O en otras palabras ACTOS JURÍDICOS LÍCITOS y ACTOS JURÍDICOS ILÍCITOS.

LOS ACTOS LÍCITOS: se dividen en dos categorías: declaraciones de voluntad, es decir, negocios jurídicos, y actos lícitos que no son negocios. Estos últimos carecen de denominación especial, simplemente se les llama actos de derecho.
La diferencia entre una declaración de voluntad (negocio) y un acto de derecho, estriba en que en la declaración o negocio el efecto o consecuencia es determinado directamente por la voluntad individual, en cambio en el acto de derecho el efecto proviene directamente de la ley. No son negocios jurídicos, si no simples actos de derecho: la constitución de domicilio (art. 76 C.C.), el tomar por ocupación las cosas que no pertenecen a nadie (art. 685 C.C.), el hallazgo (art. 699 C.C.), el descubrimiento de un tesoro (art. 700 C.C.), la gestión de negocios ajenos etc.

LOS ACTOS JURÍDICOS CONTRARIOS A DERECHO, es decir, ILÍCITOS, se denominan delitos y cuasidelitos o culpas. (Ley 153 de 1887, art. 45).

11 comentarios:

  1. Los hechos juridicos o actos Juridicos propiamente dichos configuran una determinacion legal indiferente de sease voluntario o no puede convertirse en un delito, caso como quien ve su vida en peligro inminente y ante esto la defiende incluso a costa de quien pretende lesionarla e incluso arrebatarsela.

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  2. Los actos o hechos Juridicos podrian determinarse como los modelos a seguir por el ser Humano y los lineamientos a cada conducta sea de caracter voluntyaria o no, se realiza un acto juridico a cada paso, sea este de Derecho o no. y cuando es de derecho y va en contra de este se le denomina delito y es sancionado quien incurra en este.

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  3. Los actos jurídicos representan todas nuestras conductas licitas o ilícitas, que pueden ser voluntarias a involuntarias, los actos lícitos son declaraciones de voluntad que se plasman en negocios jurídicos, los actos ilícitos son los que van en contra de derecho y se denominan delitos y cuasidelitos o culpas. Por lo antes dicho los actos jurídicos son determinaciones de caracter legal

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  4. los actos jurídicos que cuando son de acuerdo a la ley se denominan lícitos. Todo hecho humano (sin consecuencias jurídicas, como por ejemplo, salir a pasear) o acto humano (con consecuencias jurídicas, como por ejemplo hacer un testamento o un contrato) es lícito mientras no se oponga a una norma legal ni perjudique a terceros, ni a la moral ni a las buenas costumbres. No hace falta que la ley expresamente otorgue la posibilidad de hacer o no hacer algo para que sea legal; sólo basta que no esté prohibido.

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  5. Los actos ilícitos son aquellos hechos humanos voluntarios, que son los que se efectúan con discernimiento intención y libertad, pero que son contrarios a lo dispuesto por las normas jurídicas, y por lo tanto son sancionables. Pueden consistir en acciones u omisiones.

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  6. es interesante la diferenciacion entre la declaracion de voluntad o negocio y los actos de derecho, pues nos muestra que no todas las declaraciones de voluntad pueden llegar a ser actos de derecho, ya que en el primero la voluntad juega un papel indispensable a la hora de asumir las consecuencias del acto y en el acto de derecho estas consecuencias las determina la ley.
    GUILLERMO GRISALES B.

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  7. En el hecho jurídico tenemos una serie de situaciones que se realizan sin la participación de la voluntad del hombre y que provienen básicamente de la naturaleza pero generan consecuencias jurídicas, tal es el caso de la muerte o el nacimiento, como fenómenos naturales.

    Una situación jurídica es simple cuando las consecuencias jurídicas surgen de la realización de una sola situación, acontecimiento o acto. Y, es compleja cuando requiere de la realización de varios actos, unos simultáneos y otros anteriores o posteriores para que se den las consecuencias jurídicas

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  8. En General y comunmente denominamos a los hechos Juridicos, Negocios, ya que cada acto voluntario que realizamos o transaccion, nunca lo denominamos como hecho juridico, solo hablamos de negocios

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  9. La función de los hechos en la jurisprudencia es una función eficiente. Si los derechos nacen, si semodifican «si se extinguen, es siempre a consecuencia opormedio de un hecho. No hay derecho subjetivo que no provenga de un hecho, y de la variedad de hechos procede lavariedad de derechos

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  10. DIFERENCIAS ENTRE ACTO JURIDICO Y HECHO JURIDICO

    1)Un hecho jurídico constituye un acontecimiento natural que se caracteriza por no necesitar la intervención de la voluntad para apreciar consecuencias de derecho, mientras que un acto jurídico, necesita de la aprobación; es decir, debe reunir ciertas condiciones para poder obligar al cumplimiento de los derechos por las partes que lo llevan a cabo.

    2)Un hecho jurídico en sentido estricto no tiene por qué ser voluntario ni controlable por la persona, mientras que en un acto jurídico, la voluntad de la persona es esencial. Por lo tanto, todos los actos jurídicos son hechos jurídicos, pero no todos los hechos jurídicos son actos jurídicos.

    Ejemplos de hechos jurídicos:

    La muerte
    El Nacimiento de una persona.
    Una declaración de guerra.
    Una catástrofe natural o humana

    Ejemplos de actos jurídicos:

    Registrar una empresa para que exista como persona jurídica
    Firmar un pagaré, letra de cambio o factura
    Casarse
    Hacer un testamento
    Registrar un bebé, darle un nombre.

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  11. Un hecho jurídico es toda acción en la vida cotidiana que se da, y que ante el derecho representa deber o un hacer; esta conducta puede ser lícita, ilícita, voluntaria o involuntario como el nacer, el morir,el contrato,el delito.

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