tag:blogger.com,1999:blog-3973263319293984474.post1190259950392724441..comments2023-08-28T06:04:46.087-07:00Comments on DERECHO CIVIL PERSONAS: TEORÍA DEL ERRORClaudia Patricia Carmona Ghttp://www.blogger.com/profile/07835287666140434509noreply@blogger.comBlogger66125tag:blogger.com,1999:blog-3973263319293984474.post-49444568157925086822020-04-23T10:13:12.849-07:002020-04-23T10:13:12.849-07:00Buenas tardes, alguien me podría informar en que c...Buenas tardes, alguien me podría informar en que consiste el error de objeto cuando hablamos de sociedades comercialesAngelica sancheznoreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-3973263319293984474.post-40459271935984163862019-03-21T14:45:19.732-07:002019-03-21T14:45:19.732-07:00Excelente respuestaExcelente respuestaAnonymoushttps://www.blogger.com/profile/02577766510807733974noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-3973263319293984474.post-52460306249930017262018-11-19T12:26:34.453-08:002018-11-19T12:26:34.453-08:00Buenas tardes Doctora Claudia, que sucede cuando u...Buenas tardes Doctora Claudia, que sucede cuando un señor le solicita a una mujer que se case con el por que el tiene mucho dinero y ella se casa con el por que cree que el tiene dinero y cuando se casan, ella se da de cuenta que el es pobre y no tiene nada, ¿este engaño por parte de el sería causal de nulidad para disolver el matrimonio?OMAMBIYIKhttps://www.blogger.com/profile/06991858352237660150noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-3973263319293984474.post-44189008066463237012016-10-10T05:50:27.097-07:002016-10-10T05:50:27.097-07:00buenos días: me pueden colaborar con un ejemplo de...buenos días: me pueden colaborar con un ejemplo de vicio de consentimiento y cuando no se vicia el consentimiento por favor es que no me queda claro.<br /> Anonymousnoreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-3973263319293984474.post-58970383143052385812016-04-19T14:48:45.935-07:002016-04-19T14:48:45.935-07:00¿DE ACUERDO ARTÍCULO 140 DEL C.CIVIL ORDINAL PRIME...¿DE ACUERDO ARTÍCULO 140 DEL C.CIVIL ORDINAL PRIMERO, EN CONCORDANCIA CON EL ARTÍCULO 142 DEL C.CIVIL, HABRÁ TIEMPO PARA SANEAR CON LA COHABITACIÓN ESE VICIO Y EN CASO AFIRMATIVO CUAL SERÍA ESE TIEMPO Y COMO SE DETERMINA Y EN CASO NEGATIVO PORQUE NO?Anonymoushttps://www.blogger.com/profile/10285325654948854236noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-3973263319293984474.post-11032258245525998112016-04-18T16:46:28.647-07:002016-04-18T16:46:28.647-07:00¿DE ACUERDO ARTÍCULO 140 DEL C.CIVIL ORDINAL PRIM...¿DE ACUERDO ARTÍCULO 140 DEL C.CIVIL ORDINAL PRIMERO, EN CONCORDANCIA CON EL ARTÍCULO 142 DEL C.CIVIL, HABRÁ TIEMPO PARA SANEAR CON LA COHABITACIÓN ESE VICIO Y EN CASO AFIRMATIVO CUAL SERÍA ESE TIEMPO Y COMO SE DETERMINA Y EN CASO NEGATIVO PORQUE NO? Anonymoushttps://www.blogger.com/profile/10285325654948854236noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-3973263319293984474.post-16660662433684417452013-04-24T10:35:19.247-07:002013-04-24T10:35:19.247-07:00Es de gran importancia diferenciar que tipo de err...Es de gran importancia diferenciar que tipo de error recae y vicia la voluntad ya que al diferenciarlas mediante un proceso puede quedar sin efectos las posibles relaciones que se haya pactado con un tercero, siendo estas a mi parecer como se llamaría en material penal "ausencia de responsabilidad"; la cual así haya sido ejecutada, vicia de alguna manera la voluntad con la que fue hechaAnonymoushttps://www.blogger.com/profile/06936613621217596880noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-3973263319293984474.post-31681187684369259082013-04-24T09:05:54.003-07:002013-04-24T09:05:54.003-07:00Edwin Orlando Martínez Toro
El error
Considero q...Edwin Orlando Martínez Toro<br /><br />El error<br /><br />Considero que lo más importante es resaltar cómo y por qué se dan los errores en nuestro entorno jurídico-legal, ya que muchos de nuestro colegas hacen y utilizan el error como herramienta fundamental para obtener resultados del mismo tipo; es decir, si podemos utilizar el error de las contrapartes como ventaja jurídica, lo haríamos?, es inevitable que muchos, sin prejuicios ni valores éticos lo harían, y todo por la consecución de lo que se desea. Algo importante de analizar para los futuros abogados de nuestra región .<br /><br />Edwin Orlando Martínez Toro<br />III SEMESTRE DERECHO TARDE <br />Anonymousnoreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-3973263319293984474.post-66402098151644648772013-04-24T08:23:17.607-07:002013-04-24T08:23:17.607-07:00La doctrina del error se constituye en base a la v...La doctrina del error se constituye en base a la voluntad, pues si el error es espontáneo obtendremos el error stricti sensu; en cambio, si el error es inducido por confabulaciones de la otra parte se entra en los dominios del dolo. La espontaneidad del error es excluyente de la mala fe, pues para que se configure el error la buena fe debe caracterizar la conducta del errante de su contraparte a la que se le imputa la conocibilidad del error.<br /><br />El error como vicio de la voluntad queda revestido de los siguientes caracteres: <br /><br />a) Se produce espontáneamente como consecuencia de la falta de conocimiento o de ausencia de conocimiento del errante.<br /><br />b) Genera una divergencia inconsciente entre la voluntad interna y la manifestación.<br /><br />c) La manifestación de voluntad no es correlativa a los efectos queridos y a los que van a resultar de la celebración del acto jurídico.<br /><br />Anonymoushttps://www.blogger.com/profile/07895294572507970178noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-3973263319293984474.post-44892298915278894212013-04-23T21:50:19.734-07:002013-04-23T21:50:19.734-07:00Cuando expresamos querer celebrar un negocio, pero...Cuando expresamos querer celebrar un negocio, pero realmente esa no es nuestra voluntad, nos estamos refiriendo a un error, de igual manera este puede ser de forma consciente o inconsciente. <br />Respecto al error de hecho en los negocios jurídicos, podemos precisar que se puede dar en cuanto a la personas que celebran el negocio, sobre la calidad del negocio mismo, el objeto o sobre los motivos, a diferencia del error de derecho que se refiere a la aplicación de la norma.<br />Luz Marina Noreña Marinnoreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-3973263319293984474.post-30654641367730971902013-04-01T13:30:14.279-07:002013-04-01T13:30:14.279-07:00Otoniel, cordial saludo, atendiendo a su inquietud...Otoniel, cordial saludo, atendiendo a su inquietud quiero recordarle que hay negocios jurídicos que para que nazca a la vida jurídica requieren de ciertas solemnidades, como también hay negocios jurídicos en que solo basta la declaración de voluntad de los negociantes; respecto a su pregunta y deduciendo a que se refiere a un negocio jurídico consensual, se debe primero probar la realización de ese negocio jurídico, de ahí la importancia de dejar prueba de ello si quiera escrita mediante un documento privado, además abría que probar los perjuicios causados a uno de los contratantes por el no cumplimiento del otro contratante; esto con el fin de hacer las reclamaciones pertinentes, ya sea cumplimiento del contrato o ya sea resolución del contrato con indemnización de perjuicios.Claudia Patricia Carmona Ghttps://www.blogger.com/profile/07835287666140434509noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-3973263319293984474.post-15637205497096865822013-03-21T21:31:34.719-07:002013-03-21T21:31:34.719-07:00En muchas ocasiones cometemos errores por descono...En muchas ocasiones cometemos errores por desconocimiento de las normas que rigen nuestros actos, como también dejamos que sean vulnerados nuestros derechos, pero el desconocimiento de las normas, no nos exime de responsabilidad y debemos pagar los efectos jurídicos que de estas se desprenden, es decir, las consecuencias de nuestros actos o errores conforme la ley la sanciona, en este caso estamos hablando de error de derecho.Luz Marina Noreña Marinnoreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-3973263319293984474.post-39441120910459857752013-03-20T19:48:22.308-07:002013-03-20T19:48:22.308-07:00Hola doctora CLAUDIA. Que se debe hacer si en el m...Hola doctora CLAUDIA. Que se debe hacer si en el momento que una persona que antes se había comprometido de palabra a realizar un negocio de tipo jurídico y en ese momento tenía la voluntad y que do con la otra contra parte de dicha realización. Pero al el día pactado para la realización argumenta que ya no quiere hacer dicho negocio. Y el vendedor había dejado varias ofertas por lo que estaba vendiendo, como reparar a esta persona ósea el vendedor. Muchas graciasAnonymoushttps://www.blogger.com/profile/00769263129252805976noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-3973263319293984474.post-11007811075496282652012-11-24T07:09:28.703-08:002012-11-24T07:09:28.703-08:00el error es una falta muy grave que podemos comete...el error es una falta muy grave que podemos cometer y afecta objetivamente la sustancia del contrato o su interes principal mientras que el error de derecho no lo hace ya ya que el conocimiento de tal norma lo afecta alejandra gilhttps://www.blogger.com/profile/08964031884144206168noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-3973263319293984474.post-16854730735705929702012-10-24T21:12:03.064-07:002012-10-24T21:12:03.064-07:00Del análisis que hemos realizado en este capítulo,...Del análisis que hemos realizado en este capítulo, pudimos determinar, y en concordancia con lo que expresaba La Dra Claudia Carmona, que se puede presentar una situación en la cual además de poder ejercerse una acción de daños, se podría también ejercer una acción de enriquecimiento injustificado, si es que además del daño real y efectivo causado, la otra parte se ha enriquecido sin causa. En este sentido, al momento que el reclamante pide que se le indemnice y se le restituya, esto no genera un enriquecimiento sin causa, sino un “estado de normalidad”, en el que el patrimonio del perjudicado vuelve al estado de indemne y de “no empobrecido”. Vale decirse que para que se lleve a cabo esta posibilidad es necesario que la situación reúna los requisitos básicos que configuran al enriquecimiento sin causa.<br /><br />LUIS ALEJANDRO POSADAAnonymousnoreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-3973263319293984474.post-1996377012218218292012-10-24T20:56:31.405-07:002012-10-24T20:56:31.405-07:00El error de hecho o error fáctico vicia el consent...El error de hecho o error fáctico vicia el consentimiento si realmente afecta objetivamente la sustancia del contrato o su interés principal mientras que el error de Derecho no lo hace ya que el desconocimiento dela norma no anula la obligación, puesto que el ordenamiento jurídico es hermético y autónomo e impide este defecto.<br />Att JHON JAIRO VILLADA LOPEZAnonymousnoreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-3973263319293984474.post-59502877620931738422012-10-24T20:20:34.533-07:002012-10-24T20:20:34.533-07:00en muchas ocasiones solemos pensar que tenemos la ...en muchas ocasiones solemos pensar que tenemos la razón, que nuestras acciones y decisiones son acertadas para mi y para el entorno en el cual nos estemos desarrollando, pero No lo es ya que , las mismas acciones nos llevan a todo lo contrario a cometer el error tanto como realidad y en error jurídico.<br /><br />JULIAN SALDARRIAGAAnonymousnoreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-3973263319293984474.post-64009915531456851292012-10-23T20:39:39.284-07:002012-10-23T20:39:39.284-07:00El error puede entonces ser equivocación o ignoran...El error puede entonces ser equivocación o ignorancia, pero el resultado en ambos casos es el mismo; una falsa representación de la realidad, y eso en definitiva es el error jurídico. La duda en todo caso excluye al error, pues quien obra a sabiendas que puede estar equivocado, desconociendo con exactitud las consecuencias de sus actos, no puede invocar luego su propio error. En error en cambio el sujeto desconoce ciertas consecuencias del acto que celebra y cree que su representación de la realidad es acertada.<br /><br />CESAR AUGUSTO PUERTA Anonymousnoreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-3973263319293984474.post-67803597859277374722012-10-23T17:50:05.835-07:002012-10-23T17:50:05.835-07:00los vicios de la voluntad integran unos de los fac...los vicios de la voluntad integran unos de los factores mas importantes en materia contractual, y dada su relevancia materia juridica por su estrecha vinculaciòn con el querer de las partes al momento de perfecionar el negocio juridico, resultan enormemente significativos ante la posibilidad de una eventual causal de nulidad de la convenciòn.<br /><br />asi pues, el consentimiento a demas de la capacidad, el objeto y ña causa licita se convierten en los elementos indispensables, para que un negocio juridico pueda perfeccionarse conforme a derecho, en ese orden de ideas el consentimiento no debe solo ser consiente y expreso de la parte que lo evoca, sino tambien libre y exento de todo tipo de coacciòn frente a la perfeccion del mismo o bien determinado error frente al objeto, la causa o la persona que interviene directamente en su constituciòn.carlos tulio Gomeznoreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-3973263319293984474.post-20173338609678220292012-10-23T12:22:12.550-07:002012-10-23T12:22:12.550-07:00En derecho el error es juicio falso o equivocado d...En derecho el error es juicio falso o equivocado de la realidad fundado en el déficit del conocimiento, que vicia el proceso de formación de voluntad.<br /><br />en cuanto a la ignorancia es falta de conocimiento, como el conocimiento equivocada de la realidad puede desencadenar en error.Anonymoushttps://www.blogger.com/profile/08125195307056164880noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-3973263319293984474.post-9286339481797054422012-10-23T09:35:00.619-07:002012-10-23T09:35:00.619-07:00• VICIOS DE CONSENTIMIENTO SON:
Error - : es una ...• VICIOS DE CONSENTIMIENTO SON:<br /><br />Error - : es una representación falsa o inexacta de la realidad, es la disconformidad entre la inteligencia y la verdad, debe, para ser error, originarse de una falsa creencia. Es lo que se cree que es sabiendo que no es cierto.<br />La Ignorancia es y debe ser equiparada al error especialmente cuando se trata de proteger la autonomía de la voluntad privada. En la mayoría de los casos el error proviene de la ignorancia, en el desconocimiento de la realidad; yerra quien cree que un vidrio es un diamante, e ignora quien no sabe que es un diamante<br />El Código Civil no ofrece una definición del error en cuanto vicio de la voluntad, cuestión que es abordada sistemáticamente en relación con los contratos.<br />Según el Código Civil, “para que el error invalide el consentimiento (contractual, se entiende) deberá recaer sobre la sustancia de la cosa que fuere objeto del contrato o sobre las condiciones de la misma que principalmente hubiesen dado motivo a celebrarlo”. Es decir, tiene que tratarse de un error esencial o sustancial, relativo al contenido o al objeto del contrato, para que pueda alegarse como causa de invalidez.<br />Teoría del error:<br />Error de hecho y error de derecho<br />El error de hecho recae sobre circunstancias de hecho del negocio. Por ejemplo el error sobre cualidades que se atribuyen al objeto de un contrato o a la persona del otro contratante. <br />El error de derecho radica en la ignorancia o falso conocimiento de la norma o regla jurídica en cuanto a su contenido, existencia, interpretación o aplicación al caso concreto, siempre que el sujeto se haya decidido a llevar a cabo el negocio como consecuencia de aquella ignorancia o falso conocimiento.<br />Elizabeth Carmona. <br />Elizabeth Carmonahttps://twitter.com/Elii_Carmonanoreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-3973263319293984474.post-82688171651724192692012-10-21T14:16:19.021-07:002012-10-21T14:16:19.021-07:00Para que se pueda establecer la presencia de un er...Para que se pueda establecer la presencia de un error judicial es necesario que exista un <br />parámetro que permita su comparación, que establezca la falsedad o veracidad de la <br />decisión; ese parámetro es dado por el mismo sistema jurídico que debe determinar la <br />respuesta o respuestas correctas frente a un caso particular,Anonymoushttps://www.blogger.com/profile/15952376755945296871noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-3973263319293984474.post-7373237767654184522012-10-20T19:18:54.161-07:002012-10-20T19:18:54.161-07:00Dentro de la teoria del error puede existir desacu...Dentro de la teoria del error puede existir desacuerdo entre la voluntad interna es decir,lo querido realmente y la voluntad declarada.solo el desacuerdo inconsciente entre la voluntad interna y la declarada constituye error a diferencia del dolo es la realizacion consciente y voluntaria de un acto antijuridico mirandolo desde este punto de vista se asemaja a la mala fe.jackeline parranoreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-3973263319293984474.post-44280100083614239182012-10-20T14:29:26.174-07:002012-10-20T14:29:26.174-07:00El error de derecho no da lugar a la declaración j...El error de derecho no da lugar a la declaración judicial de nulidad del negocio jurídico, y por lo tanto la parte de éste que lo comete debe asumir todas las consecuencias de su celebración.<br />Por lo tanto IURIS IGNORANTI NON EXCUSATI, la ignorancia de la ley no es excusa, en el código civil lo reza el art. 9, las manifestaciones de voluntad tacita o expresa deben ser emanadas libremente y sin vicios de consentimiento. Por ende el error de hecho o error factico puede ser esencial o accidental, o por falso conocimiento del negocio jurídico o de la disposición legal que sin ser extralimitada no vicia el consentimiento ni pretende nulidad, y debe recaer sobre este para atender las disipaciones que protegen la carta política en su art 95 de los derechos y obligaciones.<br />Dora Santana B.https://www.blogger.com/profile/13644932678236938913noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-3973263319293984474.post-58063583991303118732012-10-20T14:26:34.395-07:002012-10-20T14:26:34.395-07:00Hay situaciones que suelen suceder en la cotidiani...Hay situaciones que suelen suceder en la cotidianidad, que creemos estar realizando pero lo que se está llevando a cabo es otra, como lo menciona el código civil en los Arts. 1510 y 1511 donde además de explicar o definir el error de hecho hace la comparación con ciertos ejemplos como el que vende una cosa y el que compra cree que es otra cosa, o como el que presta una cosa y el otro cree que se la están donando etc....edwin cortes restrepohttps://www.blogger.com/profile/07463950149009968961noreply@blogger.com